El Ensanche de Cerdà (Beta)


Recalificación del parque proyectado en 12L/M14 para hacer un matadero [18861127]

MINISTERIO DE FOMENTO


REALES ÓRDENES

Excmo. Sr.: Vista la instancia presentada por el Ayuntamiento de Barcelona en solicitud de que se le autorice para modificar el plano oficial del ensanche de dicha ciudad, á fin de construir un nuevo Matadero en las cuatro manzanas destinadas á Parque y circuidas por las calles de la Diputación, Vilamari, Aragón y Tarragona:

Resultando de los informes facultativos y oficiales emitidos que el mencionado emplazamiento es el mejor de los examinados por la Real Academia de Medicina de aquella capital por sus condiciones higiénicas, y que el Gobernador civil de la provincia aprobó oportunamente el proyecto, declaró su utilidad pública y la necesidad de ocupar con el Matadero los solares de las cuatro manzanas mencionadas;

Y considerando que si bien es cierto que por esta modificación se suprime un Parque destinado al solaz, recreo y salubridad de aquel barrio, tratándose de terrenos de gran extensión que aun se hallan sin urbanizar, puede sin inconveniente cambiarse su destino, máxime si el Parque que ahora se suprime se reemplaza por otro ú otros que reúnan cuando menos iguales ventajas higiénicas para el vecindario;

S. M. la Reina Regente, en nombre de su Augusto Hijo D. Alfonso XIII (Q. D. G.), ha resuelto autorizar la modificación del plano del ensanche de Barcelona para la construcción del nuevo Matadero, con la obligación de reemplazar el Parque proyectado en estos terrenos por otro ú otros equivalentes á éste; debiendo para introducir en dicho plano la modificación que es consiguiente á esta resolución seguirse los trámites prescritos en los artículos 2.° y 10 de la ley de 22 de Diciembre de 1876 y en los 7.°, 8.°, 9.° y 16 del reglamento para su ejecución.

De Real orden lo comunico á V. E. para los fines oportunos. Dios guarde á V. E. muchos años. Madrid 27 de Noviembre de 1886.

NAVARRO Y RODRIGO

Sr. Director general de Obras públicas.

Gaceta de Madrid, núm. 338, de 4 de diciembre de 1886, página 670.


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